lunes, 19 de noviembre de 2018

Si los celebras, que los ejerzan.

El 20 de noviembre es el día internacional de los Derechos de lxs Niñxs. Muchas escuelas, instituciones y familias lo celebran, y sería fantástico si no fuese porque el resto de días, o incluso en el mismo de su celebración, los mismos que los celebran, los vulneran.

Comencemos con un poquito de historia:
- En 1959, Naciones Unidas aprobó una Declaración de los Derechos del Niño que incluía 10 principios. Pero no era de carácter obligatorio.

- El 20 de noviembre de 1989, 40 años después, se logró aprobar la Convención sobre los Derechos del Niño, esta vez, de carácter obligatorio para todos los países que la ratificasen.

- En 1990, se convirtió en ley, siendo firmada y aceptada por 20 países, entre ellos España. Hoy, la Convención ya ha sido aceptada por todos los países del mundo excepto Estados Unidos.
(fuente: Unicef.es)

Dos puntos importantes:
1- No debemos limitarlos a los 10 derechos de 1959, sino muchos más, los 54 artículos de 1990.
2- Su cumplimiento es OBLIGATORIO y es el Estado quién debe velar por su cumplimiento.

Teniendo en cuenta esto, me gustaría analizar algunos de los derechos que más se vulneran en las escuelas, instituciones y familias:

Art. 3: En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño

Tercer artículo y ya encontramos el primer derecho que se vulnera (¿casi?) a diario. ¿Realmente creéis que se atiende el interés superior del niñx? Creo que no arriesgo mucho si digo que no, pues por norma general hacen lo que alguien impone; alguien que en el mejor de los casos cree que es lo que debe interesar a ese grupo, y en el peor... que lo impone "porque sí, porque toca, porque siempre ha sido así, etc".
Pequeño inciso:  Derry Hannam propuso en 2016 que lxs alumnxs escogiesen un 20% del contenido a estudiar en horario lectivo. Los resultados de la medida fueron mucho mayores de los esperados: mayor rendimiento, mejor relación profe-alumnx, mayor compromiso, menor absentismo, etc. En este caso, hablamos de interés en la escuela, pero debemos velar por el interés en todos los ámbitos de la infancia, lo cual incluye el hogar. Ay.. si lxs niñxs votasen, el mundo sería muy diferente, pues se daría a la infancia la importancia y prioridad que merecen. Como dice Mar Romera: no es educar para la infancia sino con la infancia.

Art. 12. Los Estados Partes garantizarán al niño que esté en condiciones de formarse un juicio propio el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que afectan al niño,
teniéndose debidamente en cuenta las opiniones del niño, en función de la edad y madurez del niño


Art. 13: El niño tendrá derecho a la libertad de expresión; ese derecho incluirá la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o impresas, en forma artística o por cualquier otro medio elegido por el niño.

Hilados al artículo 3 en cuanto a tener en cuenta su opinión e interés; estos artículos se vulneran, faltando a la libertad de expresión y opinión, cuando no se les permite: vestir con/sin determinadas prendas, jugar con determinados juguetes o pintar con determinado color según su género, inscribirse en aquellas actividades de su interés, leer determinados libros, pintarse o maquillarse si no es lo "normal para su género", etc.  No se trata de facilitar todo, pues los recursos materiales a nuestro alcance pueden ser limitados, pero si disponemos de ellos, es nuestro deber permitir que escojan libremente. Respetemos, sin juicio.


 Art 15. Los Estados Partes reconocen los derechos del niño a la libertad de asociación y a la libertad de celebrar reuniones pacíficas.
¿Tienen la infancia y adolescencia espacios en los que reunirse? Tal vez sí, pero siempre o casi siempre están supervisadxs y/o guiadxs por adultxs, y como dice Mar Romera: "Las mejores cosas ocurren a escondidas".
Anda que no habréis escuchado un: "no vayas a invitar a X a tu cumple, que menudx es...", o un "no se te ocurra hacer el trabajo de X asignatura con X, que ya sabes cómo es..." Dejemos que se junten con quien quieran, no anticipemos, demos libertad y herramientas, no parches camuflados de soluciones. 


Art. 17.  Los Estados Partes: a) Alentarán a los medios de comunicación a difundir información y materiales de interés social y cultural para el niño, de conformidad con el espíritu del artículo 29.

¿Noticias con lenguaje y contenido para la infancia? Sinceramente, no creo que los medios estén usando un lenguaje ni un contenido adaptado. Y no hablamos de peques de infantil, quienes no suelen mostrar mucho interés, sino de peques de primaria y secundaria (sí, lxs adolescentes también tienen -los mismos- derechos) que encienden el televisor o abren el periódico y no entienden más de la mitad. ¿Por qué? ¿No interesa a la sociedad que la infancia sea consciente del mundo en el que vive y de cómo es la sociedad de la que forma parte (pese a no permitirles participar)? Tal vez...

Art 19. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual.

Pues eso, que "el cachete a tiempo", la humillación, el "rincón de pensar", o cualquier castigo físico o mental, no son legales. ¿O no los consideras un abuso? La RAE nos indica que abusar es: "Hacer uso excesivo, injusto o indebido de algo o de alguienHacer objeto de trato deshonesto a una persona de menor experiencia, fuerza o poder"  Pues eso.


Art 31. Los Estados Partes reconocen el derecho del niño al descanso y el esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad y a participar libremente en la vida cultural y en las artes.

Por tanto, prohibir salir al patio, jugar en las plazas, salir con amigxs, etc. incumple el derecho al juego. ¿Y echarse la siesta? En muchos coles no se les permite ni facilita a partir de los 3 años... ¿Dónde queda su derecho al descanso? ¿Y esos días de deberes hasta las 10 o más de la noche? ¿Y las semanas repletas de exámenes en las que algunxs se ven en la obligación de cambiar su tiempo de ocio por tiempo de estudio? De verdad... ¡¿Hasta dónde vamos a llegar?!



"¡Pensé que sería más grave! Menuda exageración... Si de 54 artículos sólo mencionas 7!"

¿Y? ¿Acaso hay un artículo menos importante que otro? No, y no lo digo yo, también nos lo recuerdan en Unicef:
"¿Cuál es el derecho más importante?Los derechos de la infancia son indivisibles, interdependientes y están vinculados unos con otros. Cuando en un caso concreto existe un conflicto de derechos, un derecho puede anteponerse a otro a la hora de tomar una decisión. Pero esto no implica que haya derechos más importantes que otros."


Así que, si consideras importante y respetas el derecho al nombre, a la vida, a la no discriminación, a la alimentación, a la educación, a la salud, a la familia, ...

No olvides ni vulneres tampoco el derecho a: la toma de decisiones, la libertad de opinión y expresión, la libertad de asociación y reunión, la información adaptada, no recibir abuso físico ni mental, o trato negligente, el juego y el descanso.

EN NUESTRO ESPACIO, NO BUSCAMOS CELEBRAR EL 20 DE NOVIEMBRE SINO QUE PUEDAN EJERCER CADA DÍA TODOS SUS DERECHOS,  Y TÚ ¿LOS CELEBRAS HOY O LOS VELAS SIEMPRE?


Si quieres leer todos los artículos que componen la Convención sobre los Derechos del Niño, visita:
https://www.unicef.es/sites/unicef.es/files/comunicacion/ConvencionsobrelosDerechosdelNino.pdf


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